Acuerdo de Publicación Editorial
Entre los suscritos, EDITORIAL ITA S.A.S., con número de identificación tributaria 901283328-2, y _____________________, mayor de edad, identificado(a) con _____ de número _______________, quien en adelante se denominará EL AUTOR, hemos celebrado el presente contrato, el cual se regirá por las siguientes cláusulas y en lo no previsto en ellas, por la Decisión 351 de 1993 de la Comisión de la Comunidad Andina de Naciones, por la Ley 23 de 1982 y demás normas concordantes, complementarias y modificatorias aplicables.
Declaraciones del Autor
En virtud del presente contrato de edición, EL AUTOR de la obra efectúa las siguientes manifestaciones:
-
La obra objeto del presente contrato, titulada: __________________, es una creación original suya y con ella no ha quebrantado, violado o vulnerado ningún derecho moral o patrimonial de autor, por lo que garantiza a LA EDITORIAL que no ha incurrido en actos de plagio o suplantación.
-
Es el titular de los derechos patrimoniales de autor sobre la obra objeto del presente contrato.
-
No ha suscrito contrato de edición sobre la obra objeto del presente contrato, con ninguna otra empresa y/o casa editorial. Por lo que, igualmente, la obra no ha sido editada anteriormente.
-
EL AUTOR garantiza que, dada su calidad de autor exclusivo de la obra, ha sido el único titular de los correspondientes derechos patrimoniales sobre la misma. Así las cosas, si eventualmente existiera un tercero que pretendiera alegar mejor derecho sobre la misma, de modo que LA EDITORIAL u otros terceros se pudieren ver afectados por tal reclamación, EL AUTOR se compromete a sanear cualquier situación irregular, asumiendo los valores y conceptos que le hubieren correspondido pagar o que le llegaren a exigir a aquélla, así como a indemnizarla por cualquier perjuicio que por tal motivo se le llegare a causar.
-
EL AUTOR declara que es un escritor profesional, consciente de las responsabilidades que implica la publicación de una obra bajo los estándares editoriales y comerciales vigentes.
-
Conoce el alcance y el detalle de todas y cada una de las cláusulas que forman parte del presente contrato, y en su celebración no ha mediado vicio alguno de voluntad que pueda invalidarlo.
-
Autoriza expresamente a LA EDITORIAL para incluir la obra en los índices y buscadores que estime necesarios para promover esta publicación.
-
EL AUTOR autoriza a LA EDITORIAL a que utilice su nombre e imagen en la publicidad de la OBRA. Igualmente, se compromete a colaborar, a requerimiento de LA EDITORIAL, en los actos de promoción de ésta.
-
Apruebo que LA EDITORIAL comercialice el libro en los formatos necesarios a través de los canales tradicionales y a través de Internet, empleando para ello las estrategias y alianzas que estime convenientes.
-
Precisa que la obra es inédita en lengua española.
Cláusulas
PRIMERA: OBJETO
Por el presente contrato, ITA EDITORIAL S.A.S. se compromete con EL AUTOR a realizar una publicación editorial de la obra identificada en el encabezado de este mismo documento. En especial, este contrato de edición implicará que LA EDITORIAL ejecutará sus obligaciones cumpliendo con los siguientes objetivos:
-
Realizar la diagramación;
-
Maquetación;
-
Diseño de portada, contraportada y lomo;
-
Colocación y comercialización en su sitio web y en portales y plataformas digitales de amplia difusión;
-
Obtención de un ISBN y un código de barras para la obra seleccionada.
Parágrafo: El título está sujeto a modificaciones de acuerdo con los intereses comerciales y culturales de LA EDITORIAL.
SEGUNDA: DERECHOS DEL AUTOR
En virtud del presente contrato, EL AUTOR tendrá los siguientes derechos:
-
Recibir de LA EDITORIAL los ejemplares pactados en las Cláusulas Décimo Sexta y Décimo Octava, así como los que deriven de la Cláusula DecimoSegunda. Los ejemplares serán entregados en evento privado, corriendo los gastos de su realización por cuenta de LA EDITORIAL. Los gastos de viáticos, transporte y movilización estarán a cargo de EL AUTOR. Si este no se presenta en el lanzamiento, quedará obligado a pagar los gastos surgidos por el envío del ejemplar. En caso de que, por culpa imputable a EL AUTOR, éste no reciba el ejemplar pasado tres meses contados desde el día siguiente al lanzamiento de la obra, LA EDITORIAL quedará facultada para donar el ejemplar a organizaciones o grupos de interés, liberándose de la obligación contenida en la Cláusula Décimo Octava.
-
Efectuar las correcciones, adiciones o mejoras que estime convenientes conforme se estableció en la Cláusula Cuarta.
-
En caso de que, después de la primera edición o de alguna de las posibles reimpresiones siguientes, EL AUTOR pretenda introducir modificaciones en el original para siguientes ediciones o reimpresiones, deberá comunicarlo a LA EDITORIAL con tiempo suficiente y en un plazo inferior a tres meses desde la última edición o reimpresión. LA EDITORIAL evaluará las modificaciones solicitadas, atendiendo a las ventas registradas y perspectivas de nuevas ediciones o reimpresiones, y comunicará su decisión, la cual no podrá ser causa de resolución de este contrato. En caso de aceptación, dichas modificaciones se incorporarán en la siguiente reimpresión.
-
A instancias del AUTOR, verificar por sí mismo o por medio de una persona autorizada por escrito, el número de ejemplares impresos y vendidos.
-
Se respetarán sus derechos morales de autor sobre la obra objeto del presente contrato.
-
EL AUTOR conservará los derechos morales de manera perpetua, inalienable e irrenunciable, conforme a lo previsto en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y demás normas concordantes, complementarias y modificatorias.
TERCERA: OBLIGACIONES DEL AUTOR
-
Entregar a LA EDITORIAL una copia de la obra completa en medio magnético, digitada en formato compatible (Word o PDF). Una vez entregada la obra, no podrá introducir más modificaciones que las imprescindibles; si superan el 5% del total de la extensión, el costo de las correcciones correrá a cargo del AUTOR.
-
Conservar una copia de respaldo del manuscrito y/o texto completo para reproducción, la cual podrá ser solicitada por LA EDITORIAL durante el proceso de edición. EL AUTOR garantiza la entrega de otra copia para suplir los originales en caso de pérdida o deterioro, eximiendo a LA EDITORIAL de responsabilidad civil por tales conceptos, renunciando expresamente a cualquier reclamación judicial o extrajudicial.
-
Acoger las sugerencias de LA EDITORIAL como editor de texto y aplicarlas directa y personalmente en el tiempo que se le indique. El silencio del AUTOR se interpretará como aceptación de la obra adaptada como propia.
-
Cumplir el cronograma acordado con el editor de texto.
-
Revisar las pruebas presentadas por LA EDITORIAL para su aprobación definitiva. Si no hay acuerdo o el AUTOR guarda silencio, prevalecerá la decisión de LA EDITORIAL luego de evaluar las sugerencias del AUTOR. Las modificaciones serán de forma y estilo en exclusiva.
-
El AUTOR se responsabiliza únicamente por cualquier reclamación, demanda, daño o perjuicio causado por terceros por violación de derechos de autor de la obra, liberando a LA EDITORIAL de cualquier responsabilidad. Además, el AUTOR asumirá los costos de representación legal y responderá por la totalidad de las condenas o sanciones impuestas a LA EDITORIAL. También se hará cargo de indemnizar a LA EDITORIAL por cualquier medida cautelar decretada en su contra en procesos relacionados con la infracción de derechos de autor.
-
En caso de condena de LA EDITORIAL por el numeral anterior, ésta podrá iniciar acciones ejecutivas contra el AUTOR, constituyendo la condena, sanción o acto legal en un título ejecutivo complejo que se conformará junto con este contrato.
CUARTA: OBLIGACIONES DE LA EDITORIAL
-
Realizar la diagramación, pruebas de diagramación y maqueta.
-
Procesar el texto y diagramas para el ebook.
-
Conservar la copia impresa y los medios magnéticos entregados por EL AUTOR para editar la obra.
-
No modificar los originales entregados por EL AUTOR, salvo correcciones ortográficas, gramaticales y de estilo sugeridas por los correctores de LA EDITORIAL.
-
Dar publicidad a la obra para asegurar su difusión, conforme al numeral 1 del Artículo 124 de la Ley 23 de 1982.
-
Poner a la venta el libro impreso en el plazo máximo de un mes desde la aprobación final de la edición.
-
Promocionar la obra.
-
Asegurar que el nombre del AUTOR figure de forma destacada en todos los ejemplares de la OBRA, incluyendo la mención internacional de reserva de propiedad intelectual, el nombre y apellidos del AUTOR, el año de la primera edición, la mención de copyright de la editorial y las formalidades administrativas requeridas.
-
Realizar cualquier otra indicación exigida por la ley en la obra.
-
Velar porque no se deterioren total o parcialmente los ejemplares impresos en su poder.
-
No realizar una nueva edición sin ofrecer al AUTOR la oportunidad de efectuar las reformas y correcciones pertinentes.
-
Realizar los actos necesarios para la inscripción de los derechos sobre la OBRA en los Registros Públicos que se considere oportuno.
-
Entregar el ejemplar en un lanzamiento; si por condiciones sociales, de salud o inasistencia del AUTOR no es posible, enviar el ejemplar y sus copias al domicilio indicado por el AUTOR (con costo de envío a cargo del AUTOR previo requerimiento). En caso de abandono de la obra, LA EDITORIAL podrá donarla conforme a sus políticas.
QUINTA
EL AUTOR desde ya autoriza a LA EDITORIAL a promocionar, donar, dar descuentos, prestar y comercializar el texto en medios electrónicos o físicos, o autorizar a terceros para hacerlo, sin cargar costos al AUTOR.
SEXTA: CONCESIÓN DE DERECHOS
EL AUTOR concede a LA EDITORIAL, durante la vigencia de este Acuerdo, el derecho y la autorización irrevocables y exclusivos para imprimir (bajo demanda y en previsión de la demanda de los clientes) y distribuir la obra objeto del presente contrato, de autoría del AUTOR, ya sea directamente o a través de terceros, en todos los formatos y medios de distribución que se consideren. Esto incluye, sin limitación, el derecho a:
-
Reproducir y almacenar los libros en uno o más recursos informáticos, así como reformatear, convertir y codificar los Libros Electrónicos.
-
Exhibir, comercializar, transmitir, distribuir, vender, licenciar y poner digitalmente a disposición de los clientes la totalidad o parte de los Libros, permitiendo que estos sean descargados, accedidos, copiados, impresos, anotados y visualizados, tanto en línea como fuera de línea (incluso en dispositivos portátiles).
-
Permitir que los clientes almacenen los Libros Electrónicos en servidores ("Almacenamiento Virtual") y accedan a ellos, pudiendo descargarlos periódicamente, tanto durante la vigencia de este Acuerdo como al finalizarlo.
-
Exhibir y distribuir:
-
Sus logotipos y marcas comerciales en la forma en que se faciliten o dentro de los Libros (con las modificaciones necesarias para optimizar su visualización).
-
Porciones de los Libros, únicamente con el fin de comercializar, solicitar y vender los Libros y demás ofertas relacionadas.
-
Utilizar, reproducir, adaptar, modificar y distribuir, según se considere apropiado, cualesquiera metadatos proporcionados en relación con los Libros.
-
Transmitir, reproducir y utilizar los Libros como procesos técnicos (por ejemplo, mediante almacenamiento en caché para permitir la visualización).
-
Permitir que sus filiales y contratistas independientes, así como los contratistas de estas, ejerzan los derechos concedidos en este Acuerdo.
-
Depositar y/o donar las obras que LA EDITORIAL considere necesarias a bibliotecas públicas o privadas, para consulta y/o préstamo, conforme a sus políticas internas.
SÉPTIMA
EL AUTOR acepta expresamente que no podrá autorizar ninguna otra edición de la OBRA en español en ninguna otra parte del mundo, ni en ninguna otra forma o modalidad, durante la vigencia de este contrato.
OCTAVA: TRADUCCIONES Y EDICIONES EN OTRAS LENGUAS
Queda facultada LA EDITORIAL para negociar con terceros la edición, en cualquier forma y modalidad, de la traducción de la OBRA a un idioma distinto del pactado en este contrato, con independencia de que esta gestión pueda ser realizada también por EL AUTOR; en tal caso, se requerirá la autorización del AUTOR para la traducción de la OBRA y para determinar quién la realice. La traducción, una vez efectuada, será revisada por EL AUTOR, quien dará su visto bueno salvo que la misma sea objetivamente incorrecta o de baja calidad.
Además, queda facultada LA EDITORIAL para gestionar otras ediciones de la OBRA en cualquier forma o modalidad, tanto en Colombia como en otros países, y tanto en español como en otros idiomas, llegando a los acuerdos editoriales oportunos.
Será necesaria la firma de un “otro sí” que fije el pago de los beneficios para las partes, tanto en caso de traducciones como en ediciones en otros países e idiomas, independientemente de si la gestión la realiza EL AUTOR o LA EDITORIAL.
Parágrafo: Para efectos de esta cláusula, EL AUTOR cede a la editorial, de manera absoluta y mientras dure la protección legal de la obra en todos los países del mundo, el derecho de traducción para su realización en cualquier idioma. Asimismo, se obliga a no interponer obstáculos y a otorgar las autorizaciones adicionales necesarias.
NOVENA: DURACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato se pacta por una duración de dos (2) años contados desde la fecha de lanzamiento del libro. Una vez finalizado el contrato, LA EDITORIAL podrá vender los ejemplares restantes, pero no podrá seguir reeditando ni reimprimiendo la OBRA sin un nuevo contrato.
Si durante su vigencia fallece EL AUTOR o se declara su interdicción judicial, el contrato continuará con sus herederos o el representante legal correspondiente. El contrato podrá renovarse por escrito por periodos de un (1) año o el tiempo que acuerden las partes, mediante documento firmado con sesenta (60) días calendario de anticipación a su vencimiento.
DÉCIMA: VALOR
LA EDITORIAL asume todos los gastos derivados del proceso de edición, diseño, distribución, producción, legales, administrativos, de publicidad y demás contenidos en este acuerdo, valorados en $4.800 dólares. EL AUTOR no deberá abonar dinero alguno por dichos conceptos, exceptuando los adicionales que se especifiquen en el presente clausulado o en otros acuerdos vigentes. La primera copia del libro estará a cargo del AUTOR, quien se obliga a pagar la suma de$63.5 USD.
DÉCIMA PRIMERA: TIRAJE E IMPRESIÓN
La impresión será por demanda, por lo que no se realizarán tirajes mayores a las unidades vendidas previamente, ya sea de forma directa o a través de terceros autorizados según lo establecido en la Cláusula Séptima.
Parágrafo primero: En caso de impresión por tiraje, EL AUTOR autoriza a LA EDITORIAL a efectuar tantas impresiones (reimpresiones y/o reediciones) de la OBRA en forma de libro como se estimen necesarias a instancias del mercado. La primera impresión oscilará entre un mínimo de 100 y un máximo de 5.000 ejemplares; las siguientes, entre un mínimo de 50 y un máximo de 10.000 ejemplares. A petición, se comunicará al AUTOR el número de ejemplares de cada impresión y se documentará la tirada mediante los registros de imprenta pertinentes.
Tanto el precio de venta al público como las características de la edición, formas, modalidades, reediciones, reimpresiones, sistema de reproducción y publicación, y la determinación del título definitivo, quedarán a criterio exclusivo de LA EDITORIAL, quien, antes de tomar la decisión final, escuchará la opinión del AUTOR.
En caso de agotarse los ejemplares impresos, LA EDITORIAL procederá a una reimpresión en un plazo de doce meses. Si no lo hace, EL AUTOR lo requerirá por escrito y LA EDITORIAL reimprimirá la OBRA en los seis meses siguientes a dicho requerimiento.
Parágrafo segundo: La OBRA se considerará agotada cuando el número de ejemplares en los almacenes de LA EDITORIAL o sus clientes sea inferior al 3 % del total de la edición o cuando resten menos de 20 ejemplares disponibles para la venta.
En ese caso, EL AUTOR recibirá sin cargo 5 ejemplares de la primera edición y 4 de cada impresión subsiguiente si las tiradas superan los 400 ejemplares; si la reimpresión es inferior a 400, recibirá 2 ejemplares sin cargo. Estos ejemplares, junto con los recibidos como pago en especie por ediciones especiales, no serán objeto de liquidación ni podrán destinarse al comercio. Si la tirada de una reimpresión es menor de 50 ejemplares, no será obligatorio entregar ejemplares gratuitos al AUTOR.
Además, los ejemplares entregados gratuitamente para protocolo, promoción o crítica (máximo 40 en la primera edición y 5 en cada reimpresión) estarán exentos de liquidación, debiendo notificarse al AUTOR si éste lo solicita.
Parágrafo tercero: A petición del AUTOR, se le pondrá a disposición un certificado que detalle los datos relativos a la fabricación, distribución y existencias de ejemplares desde la entrada en vigor de este contrato o desde la fecha que se determine, presentando los justificantes o certificados de imprenta correspondientes.
Parágrafo cuarto:EL AUTOR podrá comercializar y/o donar sus obras sin transferir pago alguno a LA EDITORIAL, debiendo ejercer estas actividades de manera directa.
DÉCIMA SEGUNDA: DERECHOS PATRIMONIALES
EL AUTOR reconoce y acepta que ITA EDITORIAL ha asumido el 100 % de los gastos asociados a la publicación de la obra. En consideración a esta inversión y para cumplir los fines sociales de ITA EDITORIAL, el AUTOR cede de forma irrevocable y exclusiva todos los derechos patrimoniales relacionados con la obra a ITA EDITORIAL durante la vigencia de este contrato. Esta cesión incluye, pero no se limita a, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y adaptación de la obra en todas sus formas y formatos (impresión, publicación digital, traducción y reproducción en medios audiovisuales). El AUTOR garantiza tener la autoridad para realizar esta cesión y que la obra es de su creación original. La cesión será válida desde la firma del contrato y continuará durante su vigencia, comprometiéndose ITA EDITORIAL a cumplir con los términos y condiciones establecidos, incluyendo la compensación al AUTOR según lo acordado.
DÉCIMA TERCERA: PRECIOS A CLIENTES
En la medida en que no esté prohibido por la ley, LA EDITORIAL fijará el precio de venta a clientes de sus libros, ya sea de forma directa o a través de terceros autorizados. LA EDITORIAL será responsable de procesar los pagos, cobrar, gestionar reembolsos y demás servicios a los clientes.
DECIMO CUARTA: ENTREGA DE EXEMPLAR DIGITAL
LA EDITORIAL se obliga a entregar a EL AUTOR un (1) ejemplar digital E-Book de la obra.
DECIMO QUINTA: ENTREGA DE EXEMPLAR IMPRESO
LA EDITORIAL se obliga a entregar a EL AUTOR un (1) ejemplar de la obra, con las siguientes características: tapa blanda 5.5 x 8.5 inch, papel beige, acabado brillante, pegado perfecto hotmelt, o similar. LA EDITORIAL y terceros podrán realizar impresiones en tamaños diferentes siempre que no afecten la calidad de la obra.
DECIMO SEXTA: COPIAS PARA EL AUTOR
LA EDITORIAL suministrará a EL AUTOR copias de la obra, tantas como solicite, a precio de producción, de acuerdo con las políticas de venta de LA EDITORIAL, siempre que la cantidad solicitada sea razonable y no se destine a fines comerciales.
DECIMO SEPTIMA
La obra objeto de este contrato será publicada en un libro colectivo, el cual constituirá una obra antológica, conforme a los términos y condiciones establecidos en la convocatoria.
DECIMO OCTAVA: USO DE DATOS PERSONALES
EL AUTOR autoriza a LA EDITORIAL a almacenar y utilizar sus datos personales, dentro de los límites y prohibiciones legales, con fines exclusivos de comunicación comercial.
DECIMO NOVENA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO
Este contrato podrá resolverse por las causas de resolución reconocidas en la legislación vigente o por incumplimiento de cualquiera de las partes, y además:
-
A. A instancias del AUTOR:
-
Por incumplimiento de la editorial en la impresión de los ejemplares requeridos para el comercio, cuando ello afecte gravemente la demanda comercial de la obra. Esta causal no aplicará para ejemplares destinados a usos no comerciales.
-
B. A instancias de LA EDITORIAL:
-
Sin perjuicio de las indemnizaciones a que tenga derecho LA EDITORIAL, ésta podrá instar la resolución del contrato cuando el incumplimiento por parte del AUTOR sea doloso, originado por culpa grave, no solucionado en tiempo prudencial y declarado en sentencia firme.
-
Además, si durante la vigencia del contrato, EL AUTOR lanza al comercio, por cuenta propia o a través de terceros, una obra idéntica o similar a la objeto de este contrato, o pretende modificar o retirar la obra del comercio contra la voluntad de LA EDITORIAL, el contrato se resolverá inmediatamente tras notificación mediante carta, obligando al AUTOR a indemnizar por los daños y perjuicios sufridos.
-
C. Por acuerdo entre LAS PARTES:
-
Por incumplimiento injustificado, previo requerimiento de 30 días calendario para subsanar el incumplimiento.
-
Cuando alguna de las partes actúe de manera que afecte el buen nombre o “good will” de la contraparte, debiendo la parte infractora pagar de forma proporcional su participación del valor total del contrato.
-
Por decisión consensuada de las partes.
-
D. Por imposibilidad de ejecutar el contrato por fuerza mayor o caso fortuito.
-
E. Por plagio comprobado de EL AUTOR o por violación a los derechos de terceros derivada de la publicación de la obra, facultando a LA EDITORIAL para terminar el contrato de forma unilateral y con justa causa, sin perjuicio de las acciones legales pertinentes.
VIGÉSIMA: LIQUIDACIÓN
Al terminar el contrato, dentro de los cuatro (4) meses calendario siguientes, se levantará un acta de liquidación suscrita por ambas partes, soportada con el informe final de ejecución y la certificación del cumplimiento del objeto.
VIGÉSIMA PRIMERA: DOCUMENTOS INTEGRANTES
El presente contrato constituye el acuerdo integral que vincula a las partes respecto al objeto del mismo, integrando los Términos y Condiciones aceptados por el autor al inscribirse y derogando todos los acuerdos anteriores, verbales o escritos. Cualquier modificación deberá constar en documento escrito y firmado por ambas partes. Se incluyen como parte integral:
-
El contrato debidamente suscrito por las partes;
-
Las modificaciones que se lleguen a celebrar;
-
Las actas levantadas con motivo de la ejecución del presente;
-
Las comunicaciones intercambiadas durante la ejecución contractual;
-
Los informes de ejecución.
VIGÉSIMA SEGUNDA: LEGISLACIÓN APLICABLE
Este Contrato de Edición se regirá e interpretará conforme a las leyes vigentes en Colombia que regulen la propiedad intelectual, y en general, las disposiciones legales aplicables. Para cualquier efecto legal o contractual, las partes acuerdan someterse a la jurisdicción civil de Bogotá, Colombia, renunciando a cualquier otro fuero.
VIGÉSIMA TERCERA: NATURALEZA DEL CONTRATO
El presente contrato es de derecho privado y se rige por los Códigos Civil y de Comercio, sin que se configure una relación laboral entre las partes.
VIGÉSIMA CUARTA: PERFECCIONAMIENTO
LA EDITORIAL iniciará el objeto de la Cláusula Primera únicamente con la firma y el pago del presente contrato. Se considerará perfeccionado con el lanzamiento oficial de la obra.
VIGÉSIMA QUINTA: DOMICILIO CONTRACTUAL
Para todos los efectos legales, se fija como domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C.
VIGÉSIMA SEXTA: CONSTITUCIÓN EN MORA
Existirá constitución en mora cuando, habiendo EL AUTOR incumplido su obligación de pago, LA EDITORIAL lo requiera para saldar la deuda, notificándole su estado moratorio.